Artículo 11. Derechos y garantías inherentes a la persona humana
Los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes consagrados en esta Ley son de carácter enunciativo. Se les reconoce, por lo tanto todos los derechos y garantías inherentes a la persona humana que no figuren expresamente en esta ley o en el ordenamiento jurídico.

 

Concordancia adicional
Código Civil Artículo 301
Código Civil Artículo 318
Código Civil Artículo 365
Código Civil Artículo 368



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