Impuesto Sobre la Renta: Artículo 163
ISLR: Artículo 163:Los gastos que se ocasionen con motivo del análisis de las propuestas presentadas o de la suscripción de los acuerdos anticipados sobre precios de transferencia, serán por cuenta del contribuyente, sin perjuicio de los tributos previstos en Leyes especiales.
