Impuesto Sobre la Renta: Artículo 116
ISLR: Artículo 116:Los intereses pagados directa o indirectamente a personas que se consideren partes vinculadas en los términos de la Sección Segunda del Capítulo III del Título VII de la presente Ley, serán deducibles sólo en la medida en que el monto de las deudas contraídas directa o indirectamente con partes vinculadas, adicionadas con el monto de las deudas contraídas con partes…
