ISLR: Artículo 155:

Los sujetos pasivos deberán presentar, conjuntamente con la declaración definitiva de Impuesto Sobre la Renta un informe relativo a la aplicación de la propuesta aprobada, con el siguiente contenido:

a. Operaciones realizadas en el período impositivo al que a refiere la declaración, a las que ha sido de aplicación la propuesta aprobada.
b. Estado de resultados, indicando la forma como se llevó a cabo la metodología.
c. Descripción, si las hubiere, de las variaciones significativas de las circunstancias económicas que deban entenderse básicas para la aplicación del método de valoración a que se refiere la propuesta aprobada.


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