Artículo 72. No se procederá en ningún caso contra el sordomudo que al cometer el hecho punible no hubiere cumplido los quince años; pero si fuere mayor de esta edad y menor de dieciocho años, se aplicarán las disposiciones del artículo anterior, si obró con discernimiento; si no, se le declarará irresponsable, pero el Tribunal dictará las medidas que estime conducentes respecto a su educación hasta que cumpla los veintiún años.


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Código Penal Artículo 64

Código: Título V: De la Responsabilidad Penal y de las Circunstancias que la Excluyen, Atenúan o Agravan
Artículo 64. Si el estado de perturbación mental del encausado en el momento del delito proviniere de embriaguez, se seguirán las reglas siguientes: 1. Si se probare que, con el fin de facilitarse la perpetración del delito, o preparar una excusa, el acusado había hecho uso del…

Código Penal Artículo 67

Código: Título V: De la Responsabilidad Penal y de las Circunstancias que la Excluyen, Atenúan o Agravan
Artículo 67. El que cometa el hecho punible en un momento de arrebato o de intenso dolor, determinado por injusta provocación será castigado, salvo disposición especial, con la pena correspondiente disminuida desde un tercio hasta la mitad, según la gravedad de la provocación.

Código Penal Artículo 66

Código: Título V: De la Responsabilidad Penal y de las Circunstancias que la Excluyen, Atenúan o Agravan
Artículo 66. El que se traspasare los límites impuestos por la Ley en el caso del numeral 1 del artículo anterior, y por la autoridad que dio la orden en el caso del numeral 2 del mismo, y el que se excediere en la defensa, o en los medios empleados para salvarse del peligro…

Código Penal Artículo 65

Código: Título V: De la Responsabilidad Penal y de las Circunstancias que la Excluyen, Atenúan o Agravan
Artículo 65. No es punible: 1. El que obra en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, autoridad, oficio o cargo, sin traspasar los límites legales.2. El que obra en virtud de obediencia legítima y debida. En este caso, si el hecho ejecutado constituye…

Código Penal Artículo 77

Código: Título V: De la Responsabilidad Penal y de las Circunstancias que la Excluyen, Atenúan o Agravan
Artículo 77. Son circunstancias agravantes de todo hecho punible las siguientes: 1. Ejecutarlo con alevosía. Hay alevosía cuando el culpable obra a traición o sobre seguro.2. Ejecutarlo mediante precio, recompensa o promesa.3. Cometerlo por medio de inundación, incendio, veneno,…
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