Artículo 73. No es punible el que incurra en alguna omisión hallándose impedido por causa legítima o insuperable.
Código Penal Artículo 114
Artículo 114. La exención de la responsabilidad penal declarada en el artículo 62 numeral 4 del artículo 65 y artículos 69, 72 y 73, no…
