COSA JUZGADA.
ARTÍCULO 21. Concluido el juicio por sentencia firme no podrá ser reabierto, excepto en el caso de revisión conforme a lo previsto en este Código.


Códigos Concordados
Más Artículos de este Código

COPP Artículo 22: Apreciación de las Pruebas.

Código: Título Preliminar: Principios y Garantías Procesales
APRECIACIÓN DE LAS PRUEBAS. ARTÍCULO 22. Las pruebas se apreciarán por el tribunal según la sana crítica observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia.

COPP Artículo 9: Afirmación de la Libertad.

Código: Título Preliminar: Principios y Garantías Procesales
AFIRMACIÓN DE LA LIBERTAD. ARTÍCULO 9. Las disposiciones de este Código que autorizan preventivamente la privación o restricción de la libertad o de otros derechos del imputado o imputada, o su ejercicio, tienen carácter excepcional, sólo podrán ser interpretadas…

COPP Artículo 2: Ejercicio de la Jurisdicción.

Código: Título Preliminar: Principios y Garantías Procesales
EJERCICIO DE LA JURISDICCIÓN. ARTÍCULO 2La potestad de administrar justicia penal emana de los ciudadanos y ciudadanas, y se imparte en nombre de la República por autoridad de la ley. Corresponde a los tribunales juzgar y ejecutar, o hacer ejecutar lo juzgado.

COPP Artículo 15: Publicidad.

Código: Título Preliminar: Principios y Garantías Procesales
PUBLICIDAD. ARTÍCULO 15. El juicio oral tendrá lugar en forma pública, salvo las excepciones de ley.
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