EJERCICIO DE LA JURISDICCIÓN.
ARTÍCULO 2
La potestad de administrar justicia penal emana de los ciudadanos y ciudadanas, y se imparte en nombre de la República por autoridad de la ley. Corresponde a los tribunales juzgar y ejecutar, o hacer ejecutar lo juzgado.
COPP Artículo 11: Titularidad de la Acción Penal.
Categoría: Título Preliminar: Principios y Garantías Procesales
TITULARIDAD DE LA ACCIÓN PENAL. ARTÍCULO 11. La acción penal corresponde al Estado a través del Ministerio Público, que está obligado a ejercerla, salvo las excepciones constitucionales y legales.
