DEFENSA E IGUALDAD ENTRE LAS PARTES.
ARTÍCULO 12. La defensa es un derecho inviolable en todo estado y grado del proceso.
Corresponde a los jueces y juezas garantizarlo sin preferencias ni desigualdades.
Los jueces y juezas, y demás funcionarios y funcionarias judiciales no podrán mantener, directa o indirectamente, ninguna clase de comunicación con alguna de las partes o sus abogados o abogadas, sobre los asuntos sometidos a su conocimiento, salvo con la presencia de todas ellas.


Códigos Concordados
Más Artículos de este Código

COPP Artículo 2: Ejercicio de la Jurisdicción.

Código: Título Preliminar: Principios y Garantías Procesales
EJERCICIO DE LA JURISDICCIÓN. ARTÍCULO 2La potestad de administrar justicia penal emana de los ciudadanos y ciudadanas, y se imparte en nombre de la República por autoridad de la ley. Corresponde a los tribunales juzgar y ejecutar, o hacer ejecutar lo juzgado.

COPP Artículo 5: Autoridad del Juez o Jueza.

Código: Título Preliminar: Principios y Garantías Procesales
AUTORIDAD DEL JUEZ O JUEZA. ARTÍCULO 5. Los jueces y juezas cumplirán y harán cumplir las sentencias y autos dictados en ejercicio de sus atribuciones legales.Para el mejor cumplimiento de las funciones de los jueces y juezas, y tribunales, las demás autoridades de la República…

COPP Artículo 10: Respeto a la Dignidad Humana.

Código: Título Preliminar: Principios y Garantías Procesales
RESPETO A LA DIGNIDAD HUMANA. ARTÍCULO 10. En el proceso penal toda persona debe ser tratada con el debido respeto a la dignidad inherente al ser humano, con protección de los derechos que de ella derivan, y podrá exigir a la autoridad que le requiera su comparecencia el derecho…

COPP Artículo 8: Presunción de Inocencia.

Código: Título Preliminar: Principios y Garantías Procesales
PRESUNCIÓN DE INOCENCIA. ARTÍCULO 8. Cualquiera a quien se le impute la comisión de un hecho punible tiene derecho a que se le presuma inocente y a que se le trate como tal, mientras no se establezca su culpabilidad mediante sentencia firme.

COPP Artículo 23: Protección de las Víctimas.

Código: Título Preliminar: Principios y Garantías Procesales
PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS. ARTÍCULO 23. Las víctimas de hechos punibles tienen el derecho de acceder a los órganos de administración de justicia penal de forma gratuita, expedita, sin dilaciones indebidas o formalismos inútiles, sin menoscabo de los derechos de los imputados o…
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