Artículo 309. El que haya falsificado el papel sellado, las estampillas o el timbrado del papel oficial, será castigado con prisión de seis a treinta meses.
Código Penal Artículo 311
Artículo 311. El que haya hecho uso del papel sellado falsificado, impresiones timbradas con el mismo vicio o estampillas falsas, y también…
