Artículo 169-B. Servicio Autónomo de la Defensa Pública
El Servicio Autónomo de la #Defensa Pública deberá contar con defensores y defensoras especiales para la protección de niños, niñas y adolescentes en cada localidad donde se constituya un Tribunal de Protección de #Niños, #Niñas y #Adolescentes.
LOPNNA Artículo 170: Atribuciones del Ministerio Público.
Artículo 170. Atribuciones del Ministerio Público Son atribuciones del o de la Fiscal Especial para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, además de aquellas establecidas en su Ley Orgánica: a) Intentar las acciones a que hubiere lugar para hacer efectiva la…
