Los Directores y Directoras Laborales y sus suplentes gozarán de fuero sindical desde el momento de su elección hasta tres (3) meses después de vencido el término para el cual fueron electos y electas.
Más Artículos de este Titulo
RLOT Artículo 203: Elección democrática de los Directores o Directoras Laborales.
RLOT Artículo 203. Elección democrática de los Directores o Directoras Laborales: Los Directores o Directoras Laborales y sus suplentes serán elegidos y elegidas por los trabajadores y trabajadoras en votación universal, directa y secreta, y deberán en el momento de su elección ser trabajadores y trabajadoras activos del instituto autónomo, empresa del Estado u organismo de desarrollo económico y…
RLOT Artículo 213: Deber de confidencialidad.
RLOT Artículo 213. Deber de confidencialidad: Los Directores o Directoras Laborales deberán abstenerse de divulgar la información obtenida en ejercicio de sus cargos y que fuere clasificada como confidencial por el respectivo directorio o junta directiva.
RLOT Artículo 215: De la representación institucional y en la gestión de las empresas del sector privado.
RLOT Artículo 215. De la representación institucional y en la gestión de las empresas del sector privado:Las empresas del sector privado que reciban la protección especial del Estado y asuman como activos las deudas y obligaciones que mantengan con sus trabajadores y trabajadoras, de acuerdo al artículo 49 del presente Reglamento, deberán incorporar Directores o Directoras Laborales a sus…
