Artículo 271. Cuando el culpable del delito previsto en el artículo precedente compruebe la existencia del derecho con que procede, se disminuirá la pena de un tercio a la mitad.
Código Penal Artículo 1
Artículo 1. Nadie podrá ser castigado por un hecho que no estuviese expresamente previsto como punible por la ley, ni con penas que ella no…
