Código Penal Artículo 234
Categoría: Capítulo XI De la falta de cumplimiento de los compromisos contraídos y de los fraudes cometidos con respecto a los abastos públicos
Artículo 234. El que cometa fraude con respecto a la especie, calidad o cantidad de los efectos indicados en el artículo precedente, será castigado con prisión de tres a treinta meses. Siempre que los fraudes de que se trata tengan por objeto otra clase de abastos destinados a…
