Código Penal Artículo 338
Categoría: Capítulo V De los fraudes cometidos en el comercio, las industrias y almonedas
Artículo 338. El que con objeto de comerciar haya introducido en el país y puesto en venta o de cualquier otra manera en circulación, obras del ingenio o productos de cualquiera industria con nombres, marcas o signos distintivos falsificados o alterados, o con nombres, marcas o…
