Ley Orgánica Procesal del Trabajo Artículo 206.
Hasta tanto sea promulgada la Ley Orgánica Sobre la Defensa Pública y se organice el Servicio de Defensoría Pública de Trabajadores, se mantendrá en vigencia el Servicio de Procuraduría de Trabajadores establecido en la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo, en los artículos del 33 al 41, ambos inclusive.
Más Artículos de este Titulo
LOPT Artículo 197
Ley Orgánica Procesal del Trabajo Artículo 197. Las causas que se encuentren en primera instancia, según la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo derogada por esta Ley, se le aplicarán las siguientes reglas:. 1. Todas aquellas causas en donde no se hubiese dado contestación al fondo de la demanda serán remitidas al Juez de sustanciación, mediación y ejecución, las mismas se…
LOPT Artículo 207
Ley Orgánica Procesal del Trabajo Artículo 207. Se fija un lapso de cinco (5) años, contados a partir de la entrada en vigencia de esta Ley, para que la Asamblea Nacional conjuntamente con la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia realice una evaluación integral de los resultados obtenidos y del texto de la presente Ley. Dada, firmada y sellada, en el Palacio Federal…
LOPT Artículo 199
Ley Orgánica Procesal del Trabajo Artículo 199. Las causas que se encuentren en segunda instancia y casación serán resueltas por los Tribunales Superiores del Trabajo y por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, respectivamente, conforme al procedimiento establecido en la presente Ley, dentro de los sesenta (60) días siguientes a su entrada en vigencia.
