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COPP Artículo 137: Prolongación.

Código: Sección Segunda : De la Declaración del Imputado o Imputada
PROLONGACIÓN. ARTÍCULO 137. Si el examen del imputado o imputada se prolonga excesivamente, o si se le hubiere dirigido un número de preguntas tan considerable que provoque su agotamiento, se concederá un descanso prudencial para su recuperación.Se hará constar en el acta las…

COPP Artículo 132: Oportunidades.

Código: Sección Segunda : De la Declaración del Imputado o Imputada
OPORTUNIDADES. ARTÍCULO 132. El imputado o imputada declarará durante la investigación ante el funcionario o funcionaria del Ministerio Público encargado o encargada de ella, cuando comparezca espontáneamente y así lo pida, o cuando sea citado por el Ministerio Público.Si el…

COPP Artículo 139: Nombramiento.

Código: Sección Segunda : De la Declaración del Imputado o Imputada
NOMBRAMIENTO. ARTÍCULO 139. El imputado o imputada tiene derecho a nombrar un abogado o abogada de su confianza como defensor o defensora. Si no lo hace, el Juez o Jueza le designará un defensor público o defensora pública desde el primer acto de procedimiento o,…

COPP Artículo 136: Preguntas Prohibidas.

Código: Sección Segunda : De la Declaración del Imputado o Imputada
PREGUNTAS PROHIBIDAS. ARTÍCULO 136. En ningún caso se harán al imputado o imputada preguntas sugestivas o capciosas.

COPP Artículo 133: Advertencia Preliminar.

Código: Sección Segunda : De la Declaración del Imputado o Imputada
ADVERTENCIA PRELIMINAR. ARTÍCULO 133. Antes de comenzar la declaración se le impondrá al imputado o imputada del precepto constitucional que lo exime de declarar en causa propia y, aun en caso de consentir a prestar declaración, a no hacerlo bajo juramento y se le comunicará…
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