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COPP Artículo 141: Limitación.

Categoría: Sección Segunda : De la Declaración del Imputado o Imputada
LIMITACIÓN. ARTÍCULO 141. El nombramiento del defensor o defensora no está sujeto a ninguna formalidad.Una vez designado por el imputado o imputada, por cualquier medio, el defensor o defensora deberá aceptar el cargo y jurar desempeñarlo fielmente ante el Juez o Jueza,…

COPP Artículo 134: Objeto.

Categoría: Sección Segunda : De la Declaración del Imputado o Imputada
OBJETO. ARTÍCULO 134. El imputado o imputada podrá declarar lo que estime conveniente sobre el hecho que se le atribuye. Su declaración se hará constar con sus propias palabras. Tanto él o la fiscal, como el defensor o defensora, podrán dirigir al imputado o imputada las…

COPP Artículo 140: Condiciones.

Categoría: Sección Segunda : De la Declaración del Imputado o Imputada
CONDICIONES. ARTÍCULO 140. Para ejercer las funciones de defensor o defensora en el proceso penal se requiere ser abogado o abogada, no tener impedimento para el ejercicio libre de la profesión conforme al ordenamiento jurídico y estar en pleno goce de sus derechos civiles y…

COPP Artículo 139: Nombramiento.

Categoría: Sección Segunda : De la Declaración del Imputado o Imputada
NOMBRAMIENTO. ARTÍCULO 139. El imputado o imputada tiene derecho a nombrar un abogado o abogada de su confianza como defensor o defensora. Si no lo hace, el Juez o Jueza le designará un defensor público o defensora pública desde el primer acto de procedimiento o,…

COPP Artículo 138: Varios Imputados o Imputadas.

Categoría: Sección Segunda : De la Declaración del Imputado o Imputada
VARIOS IMPUTADOS O IMPUTADAS. ARTÍCULO 138. Si son varios los imputados o imputadas sus declaraciones serán tomadas una tras la otra, sin permitirles que se comuniquen entre sí hasta la terminación de éstas.
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