OFICINA NACIONAL.
ARTÍCULO 512. La Dirección Ejecutiva de la Magistratura organizará la participación ciudadana prevista en el artículo 3 de este Código, actividad que ejecutará a través de la Oficina Nacional de Participación Ciudadana, a la cual se le asignarán los recursos necesarios para su funcionamiento.


Códigos Concordados
Más Artículos de este Código

COPP Artículo 510: Secretarios o Secretarias.

Código: Capítulo I : De los Órganos Jurisdiccionales Penales
SECRETARIOS O SECRETARIAS. ARTÍCULO 510. Cada Sala de Audiencia tendrá un secretario o secretaria permanente, que actuará como secretario o secretaria del tribunal en los juicios que se realicen en ella. A los secretarios o secretarias de las Salas de Audiencia corresponderá…

COPP Artículo 508: Atribuciones del Juez Presidente o Jueza Presidenta.

Código: Capítulo I : De los Órganos Jurisdiccionales Penales
ATRIBUCIONES DEL JUEZ PRESIDENTE O JUEZA PRESIDENTA. ARTÍCULO 508. El Juez presidente o Jueza presidenta del Circuito, sin interferir en la autonomía y jerarquía de los jueces o juezas, tendrá las atribuciones administrativas siguientes:1. Supervisar la administración del…

COPP Artículo 513: Difusión.

Código: Capítulo I : De los Órganos Jurisdiccionales Penales
DIFUSIÓN. ARTÍCULO 513. La Dirección Ejecutiva de la Magistratura formulará y ejecutará políticas de difusión, dirigida a toda la colectividad, sobre la importancia de la participación de la ciudadanía en la justicia penal. La Oficina Nacional de Participación Ciudadana…

COPP Artículo 505: Organización.

Código: Capítulo I : De los Órganos Jurisdiccionales Penales
ORGANIZACIÓN. ARTÍCULO 505. Cada circuito judicial penal estará formado por una corte de apelaciones, integrada, al menos por una sala de tres jueces o juezas, y un Tribunal de primera instancia integrado por jueces o juezas que ejercerán las funciones de control, de juicio y de…

COPP Artículo 509: Servicios Administrativos.

Código: Capítulo I : De los Órganos Jurisdiccionales Penales
SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. ARTÍCULO 509. Los servicios administrativos del Circuito Judicial Penal se dividirán en servicios judiciales y servicios generales, cuya dirección corresponderá al Director o Directora de Servicios Administrativos.
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