EXCEPCIONES.
ARTÍCULO 28. Durante la fase preparatoria, ante el Juez o jueza de control, y en las demás fases del proceso, ante el tribunal competente, en las oportunidades previstas, las partes podrán oponerse a la persecución penal, mediante las siguientes excepciones de previo y especial pronunciamiento:

1. La existencia de la cuestión prejudicial prevista en el artículo 36 de este Código.
2. La falta de jurisdicción.
3. La incompetencia del tribunal.
4. Acción promovida ilegalmente, que sólo podrá ser declarada por las siguientes causas:

a) La cosa juzgada.
b) Nueva persecución contra el imputado o imputada, salvo los casos dispuestos en los numerales 1 y 2 del artículo 20 de este código.
c) Cuando la denuncia, la querella de la víctima, la acusación fiscal, la acusación particular propia de la víctima o su acusación privada, se basen en hechos que no revisten carácter penal.
d) Prohibición legal de intentar la acción propuesta.
e) Incumplimiento de los requisitos de procedibilidad para intentar la acción.
f) Falta de legitimación o capacidad de la víctima para intentar la acción.
g) Falta de capacidad del imputado o imputada.
h) La caducidad de la acción penal.
i) Falta de requisitos esenciales para intentar la acusación fiscal, la acusación particular propia de la víctima o la acusación privada, siempre y cuando éstos no puedan ser corregidos, o no hayan sido corregidos en la oportunidad a que se contraen los artículos 313 y 403 de este código.

5. La Extinción de la acción penal.
6. El indulto.
Si concurren dos o más excepciones deberán plantearse conjuntamente.


Códigos Concordados
Más Artículos de este Código

COPP Artículo 33: Resolución de Oficio.

Categoría: Capítulo II : De los Obstáculos al Ejercicio de la Acción
RESOLUCIÓN DE OFICIO. ARTÍCULO 33. El Juez o Jueza de control o el Juez o Jueza, o tribunal competente, durante la fase intermedia o durante la fase de juicio oral, podrá asumir de oficio la solución de aquellas excepciones que no hayan sido opuestas, siempre que la cuestión,…

COPP Artículo 29: Efectos del Indulto y la Amnistía.

Categoría: Capítulo II : De los Obstáculos al Ejercicio de la Acción
EFECTOS DEL INDULTO Y LA AMNISTÍA. ARTÍCULO 29. Decretado el indulto, o verificados por el Juez o Jueza los supuestos de la amnistía, en cualquier estado y grado del proceso o del cumplimiento de la pena, se extinguirá la acción penal o la pena y cesará cualquier medida de…

COPP Artículo 35: Extensión Jurisdiccional.

Categoría: Capítulo II : De los Obstáculos al Ejercicio de la Acción
EXTENSIÓN JURISDICCIONAL. ARTÍCULO 35. Los tribunales penales están facultados para examinar las cuestiones civiles y administrativas que se presenten con motivo del conocimiento de los hechos investigados.En este supuesto, la parte interesada deberá explicar, en escrito…

COPP Artículo 37: Juzgamiento de Altos Funcionarios y Altas Funcionarias.

Categoría: Capítulo II : De los Obstáculos al Ejercicio de la Acción
JUZGAMIENTO DE ALTOS FUNCIONARIOS Y ALTAS FUNCIONARIAS. ARTÍCULO 37. Cuando para la persecución penal se requiera la previa declaratoria de haber mérito para el enjuiciamiento, el o la Fiscal que haya conducido la investigación preliminar se dirigirá a el o la Fiscal General de…

COPP Artículo 32: Excepciones Oponibles durante la Fase de Juicio Oral. Trámite.

Categoría: Capítulo II : De los Obstáculos al Ejercicio de la Acción
EXCEPCIONES OPONIBLES DURANTE LA FASE DE JUICIO ORAL. TRÁMITE. ARTÍCULO 32. Durante la fase de juicio oral, las partes sólo podrán oponer las siguientes excepciones:1. La incompetencia del tribunal, si se funda en un motivo que no haya sido dilucidado en las fases preparatoria e…
Indice COPP