En los casos en que el salario mínimo se estableciere como base de cálculo de beneficios, prestaciones, indemnizaciones o sanciones, se entenderá que se hace referencia al salario mínimo mensual vigente en la Capital de la República. Si en ésta se encontraren en vigencia dos (2) o más salarios mínimos, se entenderá que se hace referencia a aquel de mayor cuantía.
Artículos Relacionados
Más Artículos de este Titulo
RLOT Artículo 65: Fijación de los salarios mínimos por el Presidente o Presidenta de la República.
RLOT Artículo 65. Fijación de los salarios mínimos por el Presidente o Presidenta de la República:Si vencido el lapso de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la instalación de la Mesa de Diálogo Social de carácter nacional, no se adoptare recomendación alguna, el Ejecutivo Nacional podrá acudir a la modalidad prevista en el artículo 172 de la Ley Orgánica del Trabajo.
RLOT Artículo 67: Funciones del Equipo Técnico.
RLOT Artículo 67. Funciones del Equipo Técnico:El Equipo Técnico previsto en el artículo anterior ejercerá las siguientes funciones:a) Acopiar, de modo sistemático, las actas y demás recaudos emanados de la Mesa de Diálogo Social de carácter nacional.b) Evacuar los dictámenes u opiniones que le fueren solicitados por la Mesa de Diálogo Social de carácter nacional o que estimare de interés para el…
RLOT Artículo 63: Coordinación de la Mesa de Diálogo Social de carácter nacional.
RLOT Artículo 63. Coordinación de la Mesa de Diálogo Social de carácter nacional:Corresponde al Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministro o Ministra del Trabajo, la coordinación de la Mesa de Dialogo Social de carácter nacional y, por tal virtud, deberá ejercer las siguientes funciones:a) Fijar, con suficiente antelación y con conocimiento de sus integrantes, el lugar y oportunidad de las…
