Ley Orgánica Procesal del Trabajo Artículo 60.
Se condenará en las costas del recurso a quien haya apelado de una sentencia que sea confirmada en todas sus partes.
Más Artículos de este Titulo
LOPT Artículo 62
Ley Orgánica Procesal del Trabajo Artículo 62. Quien desista de la demanda o de cualquier recurso que hubiere interpuesto, pagará las costas, si no hubiere pacto en contrario. Parágrafo Único: En la transacción no hay lugar a costas, salvo pacto en contrario.
LOPT Artículo 61
Ley Orgánica Procesal del Trabajo Artículo 61. Las costas producidas por el empleo de un medio de ataque o de defensa que no haya tenido éxito se impondrán a la parte que lo haya ejercido, aunque resultare vencedora en la causa.
LOPT Artículo 58
Ley Orgánica Procesal del Trabajo Artículo 58. La sentencia definitivamente firme es ley de las partes en los límites de la controversia decidida y es vinculante en todo proceso futuro.
