LEGITIMACIÓN ACTIVA.
ARTÍCULO 88. Pueden recusar las partes y la víctima aunque no se haya querellado.


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Categoría: Capítulo VI : De la Recusación y la Inhibición
INADMISIBILIDAD. ARTÍCULO 95. Es inadmisible la recusación que se intente sin expresar los motivos en que se funde, y la que se propone fuera de la oportunidad legal.

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COPP Artículo 99: Procedimiento.

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PROCEDIMIENTO. ARTÍCULO 99. El funcionario o funcionaria a quien corresponda conocer de la incidencia admitirá y practicará las pruebas que los interesados o interesadas presenten, dentro de los tres días siguientes a la fecha en que reciba las actuaciones, y sentenciará al…

COPP Artículo 101: Secretario.

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SECRETARIO. ARTÍCULO 101. Si el inhibido o inhibida o recusado o recusada es el secretario o secretaria del tribunal, el juez o jueza nombrará un sustituto o sustituta en el mismo día o en el siguiente; y de igual forma se procederá cuando se trate de otros funcionarios o…

COPP Artículo 98: Juez o Jueza Dirimente.

Categoría: Capítulo VI : De la Recusación y la Inhibición
JUEZ O JUEZA DIRIMENTE. ARTÍCULO 98. Conocerá la recusación el funcionario o funcionaria que determine la Ley Orgánica del Poder Judicial, al cual se remitirá copia de las actas conducentes.
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