TRÁMITE DE LOS INCIDENTES.
ARTÍCULO 329. Todas las cuestiones incidentales que se susciten serán tratadas en un solo acto, a menos que el tribunal resuelva hacerlo sucesivamente o diferir alguna, según convenga al orden del debate.
En la discusión de las cuestiones incidentales se les concederá la palabra a las partes sólo una vez, por el tiempo que establezca el juez o jueza.
COPP Artículo 32: Excepciones Oponibles durante la Fase de Juicio Oral. Trámite.
EXCEPCIONES OPONIBLES DURANTE LA FASE DE JUICIO ORAL. TRÁMITE. ARTÍCULO 32. Durante la fase de juicio oral, las partes sólo podrán oponer…
