RESPONSABILIDAD.
ARTÍCULO 273. Él o la denunciante no es parte en el proceso, pero si existe falsedad o mala fe en la denuncia, él o la que la comete será responsable conforme a la ley.
COPP Artículo 269: Obligación de Denunciar.
Categoría: Sección Segunda : De la Denuncia
OBLIGACIÓN DE DENUNCIAR. ARTÍCULO 269. La denuncia es obligatoria:1. En los particulares, cuando se trate de casos en que la omisión de ella sea sancionable, según disposición del Código Penal o de alguna ley especial.2. En los funcionarios públicos o funcionarias públicas,…
