DEFENSOR AUXILIAR.
ARTÍCULO 148. Para las diligencias que hayan de practicarse fuera del lugar del proceso, si el defensor o defensora manifiesta que no puede asistir a ellas, nombrará defensor o defensora auxiliar en los casos en que sea necesario.


Más Artículos de este Código

COPP Artículo 147: Inhabilidades.

Categoría: Sección Segunda : De la Declaración del Imputado o Imputada
INHABILIDADES. ARTÍCULO 147. No podrán ser nombrados defensores o defensoras por el tribunal:1. El enemigo manifiesto del imputado o imputada.2. La víctima.3. Los ascendientes de la víctima, sus descendientes, su cónyuge, su padre adoptante, su hijo adoptivo, ni sus parientes…

COPP Artículo 141: Limitación.

Categoría: Sección Segunda : De la Declaración del Imputado o Imputada
LIMITACIÓN. ARTÍCULO 141. El nombramiento del defensor o defensora no está sujeto a ninguna formalidad.Una vez designado por el imputado o imputada, por cualquier medio, el defensor o defensora deberá aceptar el cargo y jurar desempeñarlo fielmente ante el Juez o Jueza,…

COPP Artículo 132: Oportunidades.

Categoría: Sección Segunda : De la Declaración del Imputado o Imputada
OPORTUNIDADES. ARTÍCULO 132. El imputado o imputada declarará durante la investigación ante el funcionario o funcionaria del Ministerio Público encargado o encargada de ella, cuando comparezca espontáneamente y así lo pida, o cuando sea citado por el Ministerio Público.Si el…

COPP Artículo 142: Nombramiento de Oficio.

Categoría: Sección Segunda : De la Declaración del Imputado o Imputada
NOMBRAMIENTO DE OFICIO. ARTÍCULO 142. Si no existe defensor público o defensora pública en la localidad se nombrará de oficio un abogado o abogada, a quien se notificará y se tomará juramento. Los abogados o abogadas nombrados de oficio no podrán excusarse de aceptar el cargo,…

COPP Artículo 138: Varios Imputados o Imputadas.

Categoría: Sección Segunda : De la Declaración del Imputado o Imputada
VARIOS IMPUTADOS O IMPUTADAS. ARTÍCULO 138. Si son varios los imputados o imputadas sus declaraciones serán tomadas una tras la otra, sin permitirles que se comuniquen entre sí hasta la terminación de éstas.
Indice COPP