Más Artículos de este Código

COPP Artículo 443: Admisibilidad.

Código: Capítulo II : De la Apelación de la Sentencia Definitiva
ADMISIBILIDAD. ARTÍCULO 443. El recurso de apelación será admisible contra la sentencia definitiva dictada en el juicio oral.

COPP Artículo 448: Audiencia.

Código: Capítulo II : De la Apelación de la Sentencia Definitiva
AUDIENCIA. ARTÍCULO 448. La audiencia se celebrará con las partes que comparezcan y sus abogados, quienes debatirán oralmente sobre el fundamento del recurso.En la audiencia, los jueces o juezas podrán interrogar al o la recurrente sobre las cuestiones planteadas en el…

COPP Artículo 447: Procedimiento.

Código: Capítulo II : De la Apelación de la Sentencia Definitiva
PROCEDIMIENTO. ARTÍCULO 447. La corte de apelaciones, dentro de los cinco días siguientes a la fecha del recibo de las actuaciones, decidirá sobre la admisibilidad del recurso.Si estima admisible el recurso fijará una audiencia oral que deberá realizarse dentro de un plazo no…

COPP Artículo 445: Interposición.

Código: Capítulo II : De la Apelación de la Sentencia Definitiva
INTERPOSICIÓN. ARTÍCULO 445. El recurso de apelación contra la sentencia definitiva se interpondrá ante el Juez o Jueza o tribunal que la dictó, dentro de los diez días siguientes contados a partir de la fecha en que fue dictada, o de la publicación de su texto íntegro, para el…

COPP Artículo 444: Motivos.

Código: Capítulo II : De la Apelación de la Sentencia Definitiva
MOTIVOS. ARTÍCULO 444. El recurso sólo podrá fundarse en:1. Violación de normas relativas a la oralidad, inmediación, concentración y publicidad del juicio.2. Falta, contradicción o ilogicidad manifiesta en la motivación de la sentencia.3. Quebrantamiento u omisión de formas no…
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