LOPNNA Artículo 130: Aplicación.

Artículo 130. Aplicación. Las medidas de protección pueden ser impuestas aislada o conjuntamente, en forma simultánea o sucesiva.En la aplicación de las medidas se debe preferir las pedagógicas y las que fomentan los vínculos con la familia de origen y con la comunidad a la cual…

LOPNNA Artículo 89: Derecho a un trato humanitario y digno.

Artículo 89. Derecho a un trato humanitario y digno. Todos los niños, niñas y adolescentes privados o privadas de libertad tienen derecho a ser tratados o tratadas con la humanidad y el respeto que merece su dignidad como personas humanas. Asimismo, gozan de todos los derechos y…

Artículo 4. Obligaciones generales del Estado
El Estado tiene la obligación indeclinable de tomar todas las medidas administrativas, legislativas, judiciales, y de cualquier otra índole que sean necesarias y apropiadas para asegurar que todos los niños y adolescentes disfruten plena y efectivamente de sus derechos y garantías.

 

Concordancia adicional
Código Civil Artículo 301
Código Civil Artículo 318
Código Civil Artículo 365
Código Civil Artículo 368