RLOT Artículo 78. Obligación de anunciar los horarios de trabajo:
Cuando en una empresa existan distintos horarios, jornadas o turnos de trabajo, éstos deberán indicarse en los anuncios a que se contrae el artículo 188 de la Ley Orgánica del Trabajo.

Artículos Relacionados
Más Artículos de este Titulo

RLOT Artículo 93: Trabajos no susceptibles de interrupción por razones técnicas.

RLOT Artículo 93. Trabajos no susceptibles de interrupción por razones técnicas:A los fines del artículo 213 de la Ley Orgánica del Trabajo, se consideran trabajos no susceptibles de interrupción por razones técnicas:a) En las industrias extractivas, todas aquellas actividades no susceptibles de interrupción o que sólo lo serían mediante el grave perjuicio para la marcha regular de la empresa;b)…

RLOT Artículo 89: Descanso compensatorio.

RLOT Artículo 89. Descanso compensatorio:Cuando un trabajador o una trabajadora preste servicios en el día que le corresponda su descanso semanal, tendrá derecho a disfrutar, en el transcurso de la semana siguiente, de un día de descanso compensatorio remunerado, sin que pueda sustituirse por un beneficio de otra naturaleza. Si el trabajo se prestare en un día feriado, el trabajador o trabajadora…

RLOT Artículo 92: Trabajos no susceptibles de interrupción por razones de interés público.

RLOT Artículo 92. Trabajos no susceptibles de interrupción por razones de interés público:A los fines del artículo 213 de la Ley Orgánica del Trabajo, se consideran trabajos no susceptibles de interrupción por razones de interés público los ejecutados por:a) Empresas de producción y distribución de energía eléctrica.b) Empresas de telefonía y telecomunicaciones en general.c) Empresas que expenden…

Índice RLOT