RLOT Artículo 202. Determinación de la organización sindical más representativa:
En los casos que el referéndum sindical sea producto de un pliego presentado por alguna organización sindical interesada, y que conlleve a la administración de la convención colectiva, el referéndum sólo podrá ser acordado transcurrido que sea la mitad del período de vigencia de dicha convención. La organización sindical que sea determinada como la más representativa disfrutará de dicha condición hasta que culmine la duración de la convención colectiva vigente. La determinación de la organización sindical más representativa, se efectuará con base en el número de trabajadores y trabajadoras que acudieron al acto de votación. No obstante, el o los sindicatos no favorecidos podrán denunciar el incumplimiento de la convención colectiva, así como la violación de los derechos laborales y las condiciones de trabajo.

Artículos Relacionados
Más Artículos de este Titulo

RLOT Artículo 195: Mesas de votación.

RLOT Artículo 195. Mesas de votación: Con base en la información que le fuere suministrada por el patrono o patrona y las organizaciones sindicales interesadas, el Inspector o Inspectora del Trabajo determinará la cantidad de mesas de votación requeridas, su ubicación y el número de boletas de votación a utilizarse. Un funcionario o funcionaria del Ministerio del Trabajo presidirá cada mesa de…

RLOT Artículo 193: Deberes del patrono o patrona.

RLOT Artículo 193. Deberes del patrono o patrona:El patrono o patrona, con ocasión del proceso de referéndum deberá:a) Brindar a los trabajadores y trabajadoras las facilidades requeridas para participar en el proceso, siempre que éste no afecte el normal desenvolvimiento de la actividad productiva;b) Garantizar la protección de las personas que participen en el referéndum; yc) Remitir al…

RLOT Artículo 200: Cierre de las mesas de votación.

RLOT Artículo 200. Cierre de las mesas de votación: Siendo la hora fijada para la terminación de la fase de votación, el Inspector o Inspectora del Trabajo o el funcionario o funcionaria que éste o ésta designare, procederán a levantar el Acta respectiva.

Índice RLOT