Reglamento de Impuesto sobre la Renta: Artículo 114
RISLR: Artículo 114: El contribuyente deberá llevar un registro de control fiscal que muestre los cálculos de las actualizaciones indicadas en los Artículos 185 y 186 de la Ley y en los Artículos 112 y 113 de este Reglamento para los aumentos y disminuciones del patrimonio durante el ejercicio gravable, listando en dichos registros, en forma de hojas de trabajo, los cálculos correspondientes y…
