Reglamento de Impuesto sobre la Renta: Artículo 171
RISLR: Artículo 171: Los contribuyentes y responsables que opten por presentar declaraciones a través de medios electrónicos, ópticos o magnéticos, una vez autorizados por la Administración Tributaria, podrán usar las siguientes formas de pago electrónico: 1. Transferencia electrónica de fondos. Para solicitar el servicio de pagos electrónicos, el contribuyente deberá mantener activa una cuenta…
