Reglamento de Impuesto sobre la Renta: Artículo 81
RISLR: Artículo 81: Los enriquecimientos provenientes de los créditos concedidos por bancos, empresas de seguros u otras instituciones de créditos, así como por cualquier otro contribuyente distinto a una persona natural, se considerarán disponibles sobre la base de los ingresos devengados en el ejercicio tributario. Los enriquecimientos derivados del arrendamiento o subarrendamiento de bienes…
