RISLR: Artículo 74:

Para gozar de las deducciones de los gastos normales y necesarios hechos en el exterior a que se refiere el Parágrafo Séptimo del artículo 27 de la Ley, será indispensable que el contribuyente disponga en el país de los comprobantes que respaldan su derecho a la deducción de tales gastos.


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RISLR: Artículo 71: En los casos de regalías y demás participaciones análogas, los beneficiarios domiciliados en el país únicamente podrán deducir una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) de sus ingresos brutos percibidos por tales conceptos, como gastos de administración realmente pagados en el ejercicio gravable, siempre que éstos sean normales y necesarios para la obtención de dichos…

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RISLR: Artículo 68: En los casos de los bienes inmuebles dados en arrendamiento por el contribuyente, los gastos de conservación deducibles a que se contrae el numeral 11 del artículo 27 de la Ley, deberán comprender todas aquellas cantidades realmente pagadas por el contribuyente durante el ejercicio gravable en concepto de gastos necesarios para conservar en buen estado los bienes arrendados.

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Reglamento de Impuesto sobre la Renta: Artículo 72

RISLR: Artículo 72: En los casos de liberalidades o de donaciones representadas en activos fijos del contribuyente, las cantidades deducibles autorizadas en el Parágrafo Duodécimo del artículo 27 de la Ley, se determinarán restando del costo de adquisición de tales activos fijos el total de la depreciación u amortización acumulada hasta la fecha de efectuarse la liberalidad o donación. También…

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RISLR: Artículo 78: Para determinar los enriquecimientos obtenidos por los contribuyentes a que se refieren los artículos 29 y 30 de la Ley, se aplicaran las reglas contenidas en sus disposiciones y las establecidas en este Reglamento, relativas a los costos y las deducciones.
Indice RISLR 2003