RISLR: Artículo 61:

En casos concretos y tomando en cuenta consideraciones económicas de estricto interés nacional, el Ejecutivo Nacional mediante decreto, podrá previo estudio de sus efectos, autorizar la depreciación o amortización acelerada de los costos de los activos permanentes y demás elementos invertidos en la producción de la renta a que se refiere el numeral 5 del artículo 27 de la Ley, y particularmente cuando se trate de empresas que se dediquen al procesamiento del petróleo pesado, extrapesado o gas natural.


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RISLR: Artículo 71: En los casos de regalías y demás participaciones análogas, los beneficiarios domiciliados en el país únicamente podrán deducir una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) de sus ingresos brutos percibidos por tales conceptos, como gastos de administración realmente pagados en el ejercicio gravable, siempre que éstos sean normales y necesarios para la obtención de dichos…

Reglamento de Impuesto sobre la Renta: Artículo 65

RISLR: Artículo 65: Los contribuyentes que en el ejercicio de su actividad industrial, o de envasar o empacar productos, utilicen gaveras, botellas, cajas u otros envases retornables no imputables al costo por no estar destinados a la venta, tendrán derecho a deducir en el ejercicio gravable las pérdidas que se produzcan de dichos activos, no compensadas por seguros u otra indemnización, de la…

Reglamento de Impuesto sobre la Renta: Artículo 74

RISLR: Artículo 74: Para gozar de las deducciones de los gastos normales y necesarios hechos en el exterior a que se refiere el Parágrafo Séptimo del artículo 27 de la Ley, será indispensable que el contribuyente disponga en el país de los comprobantes que respaldan su derecho a la deducción de tales gastos.

Reglamento de Impuesto sobre la Renta: Artículo 62

RISLR: Artículo 62: Las cuotas de depreciación y las de amortización sólo podrán deducirse o imputarse al costo en el ejercicio en que se causen, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior de este Reglamento.

Reglamento de Impuesto sobre la Renta: Artículo 73

RISLR: Artículo 73: No serán deducibles ni imputables al costo, sin previa autorización del Ejecutivo Nacional, las pérdidas sufridas en la enajenación o renuncia de concesiones mineras, cuando dichas pérdidas provengan de concesiones adquiridas de comunidades o de personas distintas del Estado venezolano.

Reglamento de Impuesto sobre la Renta: Artículo 55

RISLR: Artículo 55: Son tributos deducibles, los pagos que por tales conceptos el contribuyente efectúe dentro del ejercicio gravable en razón de sus actividades económicas o de sus bienes destinados a la producción de enriquecimientos, con excepción de los establecidos por la Ley, así como de aquéllos que sean capitalizables conforme a las disposiciones del Capítulo II del Título II de la Ley.…

Reglamento de Impuesto sobre la Renta: Artículo 75

RISLR: Artículo 75: Las pérdidas provenientes de la enajenación de acciones o cuotas de participación en el capital social, así como las derivadas de la liquidación o reducción del capital de compañías anónimas o contribuyentes asimilados a que se refiere el artículo 33 de la Ley, se aplicarán a los ejercicios de los accionistas o socios dentro de los cuales tales pérdidas se produzcan.

Reglamento de Impuesto sobre la Renta: Artículo 56

RISLR: Artículo 56: Se entiende por depreciación a los fines previstos en el numeral 5 del artículo 27 de la Ley, la pérdida de valor útil a que están sometidos en el ejercicio gravable los activos permanentes corporales, destinados a la producción del enriquecimiento, causada por obsolescencia, desgaste o por deterioro debido al uso, al desuso y a la acción del tiempo y de los elementos. A estos…
Indice RISLR 2003