TRIBUNALES DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN..
ARTÍCULO 69. Corresponde al tribunal de ejecución ejecutar o hacer ejecutar las penas y medidas de seguridad, así como garantizar los derechos de los privados de libertad en los establecimientos penitenciarios, asignándose por lo menos un juez o una jueza por cada centro penitenciario para cumplir tales fines, conforme a lo dispuesto en este Código y la ley.
COPP Artículo 65: Tribunales de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control.
Categoría: Capítulo III : De la Competencia por la Materia
TRIBUNALES DE PRIMERA INSTANCIA MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL. ARTÍCULO 65. Es de competencia de los Tribunales de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control el conocimiento de los delitos de acción pública, cuyas penas en su límite máximo no excedan de ocho años de…
