TRIBUNALES DE PRIMERA INSTANCIA MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL.
ARTÍCULO 65. Es de competencia de los Tribunales de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control el conocimiento de los delitos de acción pública, cuyas penas en su límite máximo no excedan de ocho años de privación de libertad.
Quedan excluidas de la aplicación de esta norma, las causas que se refieran a la investigación de los delitos de: homicidio intencional, violación; delitos que atenten contra la libertad, integridad e indemnidad sexual de niños, niñas y adolescentes; secuestro, corrupción, delitos contra el patrimonio público y la administración pública; tráfico de drogas de mayor cuantía, legitimación de capitales, contra el sistema financiero y delitos conexos, delitos con multiplicidad de víctimas, delincuencia organizada, violaciones a los derechos humanos, lesa humanidad, delitos contra la independencia y seguridad de la nación y crímenes de guerra.


Códigos Concordados
Más Artículos de este Código

COPP Artículo 66: Tribunales de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control.

Categoría: Capítulo III : De la Competencia por la Materia
TRIBUNALES DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL EN FUNCIONES DE CONTROL. ARTÍCULO 66. Es de competencia de los Tribunales de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control el conocimiento de los delitos, cuyas penas en su límite máximo excedan de ocho años de privación de…

COPP Artículo 71: Declaratoria de Incompetencia.

Categoría: Capítulo III : De la Competencia por la Materia
DECLARATORIA DE INCOMPETENCIA. ARTÍCULO 71. La incompetencia por la materia debe ser declarada por el tribunal de oficio, o a solicitud del Ministerio Público o del imputado o imputada, hasta el inicio del debate.

COPP Artículo 68: Tribunales de Primera Instancia en Funciones de Juicio.

Categoría: Capítulo III : De la Competencia por la Materia
TRIBUNALES DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. ARTÍCULO 68. Es de la competencia del tribunal de juicio el conocimiento de:1. La fase de juicio en las causas provenientes de los tribunales de primera instancia municipal en funciones de control.2. La fase de juicio en…

COPP Artículo 72: Validez.

Categoría: Capítulo III : De la Competencia por la Materia
VALIDEZ. ARTÍCULO 72. Los actos procesales efectuados ante un tribunal incompetente en razón de la materia serán nulos, salvo aquéllos que no puedan ser repetidos.En cualquier caso de incompetencia por la materia, al hacerse la declaratoria, se remitirán los autos al juez o…

COPP Artículo 67: Competencias Comunes.

Categoría: Capítulo III : De la Competencia por la Materia
COMPETENCIAS COMUNES. ARTÍCULO 67. Son competencias comunes a los Tribunales de Primera Instancia Municipal en funciones de control y de los Tribunales de Primera Instancia Estadal en funciones de control; velar por el cumplimiento de las garantías procesales, decretar las…
Indice COPP