FUENTES.
ARTÍCULO 382. La extradición se rige por lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscritos y ratificados por la República y las normas de este título.
COPP Artículo 383: Extradición Activa.
Categoría: Título VI: Del Procedimiento de Extradición
EXTRADICIÓN ACTIVA. ARTÍCULO 383. Cuando el Ministerio Público tuviere noticias de que un imputado o imputada al cual le ha sido acordada medida cautelar de privación de libertad, se halla en país extranjero, solicitará al Juez o Jueza de Control inicie el procedimiento de la…
