RECURSO.
ARTÍCULO 307. El Ministerio Público o la víctima, aun cuando no se haya querellado, podrán interponer recurso de apelación y de casación, contra el auto que declare el sobreseimiento.


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PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL. ARTÍCULO 299. Si el tribunal encontrare fundada la solicitud de la víctima así lo declarará formalmente, y ordenará el envío de las actuaciones a él o la Fiscal Superior para que éste ordene a otro Fiscal que realice lo pertinente.

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REQUISITOS. ARTÍCULO 306. El auto por el cual se declare el sobreseimiento de la causa deberá expresar:1. El nombre y apellido del imputado o imputada.2. La descripción del hecho objeto de la investigación.3. Las razones de hecho y de derecho en que se funda la decisión, con…

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Código: Capítulo IV : De los Actos Conclusivos
TRÁMITE. ARTÍCULO 305. Presentada la solicitud de sobreseimiento, el Juez o Jueza la decidirá dentro de un lapso de cuarenta y cinco días.La decisión dictada por el tribunal deberá ser notificada a las partes y a la víctima aunque no se haya querellado. Si el Juez o Jueza no…
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