TRÁMITE.
ARTÍCULO 305. Presentada la solicitud de sobreseimiento, el Juez o Jueza la decidirá dentro de un lapso de cuarenta y cinco días.
La decisión dictada por el tribunal deberá ser notificada a las partes y a la víctima aunque no se haya querellado. Si el Juez o Jueza no acepta la solicitud de sobreseimiento, enviará las actuaciones a el o la Fiscal Superior del Ministerio Público para que mediante pronunciamiento motivado ratifique o rectifique la petición fiscal. Si el o la Fiscal Superior del Ministerio Público ratifica el pedido de sobreseimiento, el Juez o Jueza lo dictará pudiendo dejar a salvo su opinión en contrario. Si el o la Fiscal Superior del Ministerio Público no estuviere de acuerdo con la solicitud ordenará a otro u otra Fiscal continuar con la investigación o dictar algún acto conclusivo.


Códigos Concordados
Más Artículos de este Código

COPP Artículo 298: Facultad de la Víctima.

Categoría: Capítulo IV : De los Actos Conclusivos
FACULTAD DE LA VÍCTIMA. ARTÍCULO 298. Cuando él o la Fiscal del Ministerio Público haya resuelto archivar las actuaciones, la víctima, en cualquier momento, podrá dirigirse al Juez o Jueza de control solicitándole examine los fundamentos de la medida.

COPP Artículo 299: Pronunciamiento del Tribunal.

Categoría: Capítulo IV : De los Actos Conclusivos
PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL. ARTÍCULO 299. Si el tribunal encontrare fundada la solicitud de la víctima así lo declarará formalmente, y ordenará el envío de las actuaciones a él o la Fiscal Superior para que éste ordene a otro Fiscal que realice lo pertinente.

COPP Artículo 306: Requisitos.

Categoría: Capítulo IV : De los Actos Conclusivos
REQUISITOS. ARTÍCULO 306. El auto por el cual se declare el sobreseimiento de la causa deberá expresar:1. El nombre y apellido del imputado o imputada.2. La descripción del hecho objeto de la investigación.3. Las razones de hecho y de derecho en que se funda la decisión, con…

COPP Artículo 302: Solicitud de Sobreseimiento.

Categoría: Capítulo IV : De los Actos Conclusivos
SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO. ARTÍCULO 302. Él o la Fiscal solicitará el sobreseimiento al Juez o Jueza de control cuando, terminado el procedimiento preparatorio, estime que proceden una o varias de las causales que lo hagan procedente. En tal caso, se seguirá el trámite…

COPP Artículo 300: Sobreseimiento.

Categoría: Capítulo IV : De los Actos Conclusivos
SOBRESEIMIENTO. ARTÍCULO 300. El sobreseimiento procede cuando:1. El hecho objeto del proceso no se realizó o no puede atribuírsele al imputado o imputada.2. El hecho imputado no es típico o concurre una causa de justificación, inculpabilidad o de no punibilidad.3. La acción…
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