LOPNNA Artículo 139: Oficina de adopciones.

Artículo 139. Oficina de adopciones. El Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, tendrá una Oficina Nacional de Adopciones que ejercerá las siguientes atribuciones: a) Procesar las solicitudes de adopción internacional que hagan tanto personas residentes en…

LOPNNA Artículo 617: Evasión.

Artículo 617. Evasión. El o la adolescente que se evada de la entidad de atención donde esté detenido o detenida, se ausente indebidamente del lugar asignado para su residencia o que sin grave y legítimo impedimento no asista al programa al que se le ha ordenado incorporarse, o…

LOPNNA Artículo 547: Única persecución.

Artículo 547. Única persecución La remisión, el sobreseimiento y la absolución impiden nueva investigación o juzgamiento del o de la adolescente por el mismo hecho, aunque se modifique la calificación legal o se conozcan nuevas circunstancias. Concordancia adicional Código Civil…

LOPNNA Artículo 217: Agravante.

Artículo 217. Agravante Constituye circunstancia agravante de todo hecho punible, a los efectos del cálculo de la pena, que la víctima sea niño, niña o adolescente.Quedan excluidos de esta disposición el autor o la autora o los autores o las autoras del hecho punible que sean:…

Artículo 11. Derechos y garantías inherentes a la persona humana
Los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes consagrados en esta Ley son de carácter enunciativo. Se les reconoce, por lo tanto todos los derechos y garantías inherentes a la persona humana que no figuren expresamente en esta ley o en el ordenamiento jurídico.

 

Concordancia adicional
Código Civil Artículo 301
Código Civil Artículo 318
Código Civil Artículo 365
Código Civil Artículo 368