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Código Orgánico Tributario: Artículo 120.

COT Artículo 120: Constituyen indicios de defraudación tributaria: Declarar cifras, deducciones o datos falsos u omitir deliberadamente hechos o circunstancias que incidan en la determinación de la obligación tributaria. No emitir facturas u otros documentos obligatorios o emitirlos en medios distintos a los autorizados por la Administración Tributaria. Emitir o aceptar facturas u otros…

Código Orgánico Tributario: Artículo 127.

COT Artículo 127: Se aplicará la misma sanción que al autor principal del ilícito disminuido de dos terceras partes a la mitad, sin perjuicio de la graduación de la sanción que corresponda, a los instigadores que impulsen, sugieran o induzcan a otro a cometer el ilícito o refuercen su resolución.

Código Orgánico Tributario: Artículo 126.

COT Artículo 126: Se aplicará la misma sanción que al autor principal del ilícito, sin perjuicio de la graduación de la sanción que corresponda, a los coautores que tomaren parte en la ejecución del ilícito.

Código Orgánico Tributario: Artículo 130.

COT Artículo 130: Sin perjuicio de lo establecido en el numeral 1 del artículo 128 de este Código, se le aplicará la inhabilitación para el ejercicio de la profesión, por término de cinco (5) a diez (10) años, al profesional o técnico que con motivo del ejercicio de su profesión o actividad participe, apoye, auxilie o coopere en la comisión del ilícito penal tributario.

Código Orgánico Tributario: Artículo 128.

COT Artículo 128: Se aplicará la misma sanción correspondiente al ilícito tributario penal disminuida a la mitad: A quienes presten al autor principal o coautor su concurso, auxilio o cooperación en la comisión de dicho ilícito mediante el suministro de medios o apoyando con sus conocimientos, técnicas y habilidades, así como a aquellos que presten apoyo o ayuda posterior cumpliendo promesa…

Código Orgánico Tributario: Artículo 125.

COT Artículo 125: El proceso penal que se instaure con ocasión de los ilícitos sancionados con pena restrictiva de libertad no se suspenderá, en virtud de controversias suscitadas en la tramitación de los recursos administrativos y judiciales previstos en este Código.

Código Orgánico Tributario: Artículo 121.

COT Artículo 121: Quien no entere los tributos retenidos o percibidos, dentro de los plazos establecidos en las disposiciones respectivas será sancionado con prisión de cuatro (4) a seis (6) años.

Código Orgánico Tributario: Artículo 124.

COT Artículo 124: Los funcionarios o empleados públicos; los sujetos pasivos y sus representantes; las autoridades judiciales y cualquier otra persona que directa o indirectamente, revele, divulgue o haga uso personal o indebido, a través de cualquier medio o forma, de la información confidencial proporcionada por terceros independientes que afecte o pueda afectar su posición competitiva, serán…
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