Código Orgánico Tributario: Artículo 118.
COT Artículo 118: Constituyen ilícitos tributarios penales: La defraudación tributaria. La falta de enteramiento de anticipos por parte de los agentes de retención o percepción. La insolvencia fraudulenta con fines tributarios. La instigación pública al incumplimiento de la normativa tributaria. La divulgación y uso de la información confidencial. PARÁGRAFO ÚNICO. En los casos de los ilícitos…
