COT Artículo 122:

Quien estando en conocimiento de la iniciación de un procedimiento tendente a la determinación o cobro de obligaciones tributarias o sanciones, provocare o agravare la insolvencia propia o ajena, frustrando en todo o en parte la satisfacción de tales prestaciones, será sancionado con prisión de uno (1) a cinco (5) años.


Más Artículos de este Titulo

Código Orgánico Tributario: Artículo 121.

COT Artículo 121: Quien no entere los tributos retenidos o percibidos, dentro de los plazos establecidos en las disposiciones respectivas será sancionado con prisión de cuatro (4) a seis (6) años.

Código Orgánico Tributario: Artículo 129.

COT Artículo 129: Las sanciones restrictivas de la libertad se incrementarán en el doble, para el funcionario o empleado público que, en ejercicio o en ocasión de sus funciones, participe, colabore o coopere en los ilícitos tributarios penales previstos en el presente Código. En tales casos, se impondrá adicionalmente la pena de inhabilitación por término de cinco (5) a quince (15) años para el…

Código Orgánico Tributario: Artículo 130.

COT Artículo 130: Sin perjuicio de lo establecido en el numeral 1 del artículo 128 de este Código, se le aplicará la inhabilitación para el ejercicio de la profesión, por término de cinco (5) a diez (10) años, al profesional o técnico que con motivo del ejercicio de su profesión o actividad participe, apoye, auxilie o coopere en la comisión del ilícito penal tributario.

Código Orgánico Tributario: Artículo 123.

COT Artículo 123: Quien incite públicamente o efectúe maniobras concertadas tendentes a organizar la negativa colectiva al cumplimiento de las obligaciones tributarias, será sancionado con prisión de uno (1) a cinco (5) años.

Código Orgánico Tributario: Artículo 128.

COT Artículo 128: Se aplicará la misma sanción correspondiente al ilícito tributario penal disminuida a la mitad: A quienes presten al autor principal o coautor su concurso, auxilio o cooperación en la comisión de dicho ilícito mediante el suministro de medios o apoyando con sus conocimientos, técnicas y habilidades, así como a aquellos que presten apoyo o ayuda posterior cumpliendo promesa…

Código Orgánico Tributario: Artículo 118.

COT Artículo 118: Constituyen ilícitos tributarios penales: La defraudación tributaria. La falta de enteramiento de anticipos por parte de los agentes de retención o percepción. La insolvencia fraudulenta con fines tributarios. La instigación pública al incumplimiento de la normativa tributaria. La divulgación y uso de la información confidencial. PARÁGRAFO ÚNICO. En los casos de los ilícitos…

Código Orgánico Tributario: Artículo 124.

COT Artículo 124: Los funcionarios o empleados públicos; los sujetos pasivos y sus representantes; las autoridades judiciales y cualquier otra persona que directa o indirectamente, revele, divulgue o haga uso personal o indebido, a través de cualquier medio o forma, de la información confidencial proporcionada por terceros independientes que afecte o pueda afectar su posición competitiva, serán…

Código Orgánico Tributario: Artículo 120.

COT Artículo 120: Constituyen indicios de defraudación tributaria: Declarar cifras, deducciones o datos falsos u omitir deliberadamente hechos o circunstancias que incidan en la determinación de la obligación tributaria. No emitir facturas u otros documentos obligatorios o emitirlos en medios distintos a los autorizados por la Administración Tributaria. Emitir o aceptar facturas u otros…
Indice Código Tributario