PLAZO.
ARTÍCULO 84. La declaratoria sobre la competencia del tribunal ante el cual se ha declinado el conocimiento de un asunto o hubiere sido requerido para ello deberá pronunciarse dentro de los dos días siguientes a la solicitud respectiva.
COPP Artículo 86: Facultades de las Partes.
Categoría: Capítulo V : Del Modo de Dirimir la Competencia
FACULTADES DE LAS PARTES. ARTÍCULO 86. Las partes podrán presentar, a los tribunales en conflicto, escritos, documentos y datos que consideren conducentes para apoyar las diferentes posiciones en cuanto a la competencia. En ningún caso el ejercicio de tal derecho paralizará el…
