DECISIÓN.
ARTÍCULO 492. Recibida la solicitud a que se refiere el artículo anterior, el Juez o Jueza de ejecución, deberá notificar al Ministerio Público, y previa verificación del cumplimiento de los requisitos señalados, resolverá, en lo posible, dentro de los tres días siguientes a la recepción del dictamen del médico forense.


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RÉGIMEN ABIERTO. ARTÍCULO 488. El tribunal de ejecución podrá autorizar el trabajo fuera del establecimiento, a los penados y penadas que hayan cumplido, por lo menos, la mitad de la pena impuesta.El destino al régimen abierto podrá ser acordado por el tribunal de ejecución,…

COPP Artículo 491: Medida Humanitaria.

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MEDIDA HUMANITARIA. ARTÍCULO 491. Procede la libertad condicional en caso de que el penado o penada padezca una enfermedad grave o en fase terminal, previo diagnóstico de un o una especialista, debidamente certificado por el médico forense o médica forense. Si el penado o penada…

COPP Artículo 498: Rechazo.

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RECHAZO. ARTÍCULO 498. El tribunal podrá rechazar sin trámite alguno la solicitud cuando sea manifiestamente improcedente.

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SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA. ARTÍCULO 482. Para que el tribunal de ejecución acuerde la suspensión condicional de la ejecución de la pena, se requerirá:1. Pronóstico de clasificación de mínima seguridad del penado o penada, emitido de acuerdo a la…

COPP Artículo 483: Condiciones.

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CONDICIONES. ARTÍCULO 483. En el auto que acuerde la suspensión condicional de la ejecución de la pena, se le fijará al penado o penada el plazo del régimen de prueba, que no podrá ser inferior a un año ni superior a tres, y le impondrá una o varias de las siguientes…
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