SUSPENSIÓN E INHABILITACIÓN.
ARTÍCULO 380. Cumplidos los trámites necesarios para el enjuiciamiento, el funcionario o funcionaria quedará suspendido o suspendida e inhabilitado o inhabilitada para ejercer cualquier cargo público durante el proceso.
COPP Artículo 379: Procedimiento.
Código: Título V: Del Procedimiento en los Juicios contra el Presidente o Presidenta de la República y otros altos funcionarios o altas funcionarias del Estado
PROCEDIMIENTO. ARTÍCULO 379. Recibida la querella, el Tribunal Supremo de Justicia convocará a una audiencia oral y pública dentro de los treinta días siguientes para que el imputado o imputada dé respuesta a la querella. Abierta la audiencia, el o la Fiscal General de la…
