AUTO DE APERTURA A JUICIO.
ARTÍCULO 369. La decisión por la cual el Juez o Jueza de Instancia Municipal admite la acusación, se dictará ante las partes y la misma deberá contener los requisitos establecidos en el artículo 314 de este Código.


Códigos Concordados
Más Artículos de este Código

COPP Artículo 360: Régimen de Prueba.

Código: Título II: Del Procedimiento para el Juzgamiento de los Delitos Menos Graves
RÉGIMEN DE PRUEBA. ARTÍCULO 360. El régimen de prueba está sujeto al control y vigilancia por parte del Juez o Jueza de Instancia, quien deberá designar a un representante del consejo comunal u organización social existente de la localidad que ejerza funciones de coordinador,…

COPP Artículo 357: Principio de Oportunidad y Acuerdos Reparatorios.

Código: Título II: Del Procedimiento para el Juzgamiento de los Delitos Menos Graves
PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD Y ACUERDOS REPARATORIOS. ARTÍCULO 357. El Principio de Oportunidad y los Acuerdos Reparatorios podrán solicitarse y acordarse desde la audiencia de imputación.Los supuestos para la procedencia, cumplimiento y aplicación de las Fórmulas Alternativas a la…

COPP Artículo 368: Desarrollo de la Audiencia.

Código: Título II: Del Procedimiento para el Juzgamiento de los Delitos Menos Graves
DESARROLLO DE LA AUDIENCIA. ARTÍCULO 368. El día señalado se realizará la audiencia en la cual las partes expondrán brevemente los fundamentos de sus peticiones.Durante la audiencia, el imputado o imputada podrá solicitar que se le reciba su declaración, la cual será rendida con…

COPP Artículo 362: Incumplimiento.

Código: Título II: Del Procedimiento para el Juzgamiento de los Delitos Menos Graves
INCUMPLIMIENTO. ARTÍCULO 362. Cuando de la verificación a que se refiere el artículo anterior, se compruebe el incumplimiento del Acuerdo Reparatorio en el plazo fijado, o de las condiciones impuestas para la Suspensión Condicional del Proceso, así como de las medidas cautelares…

COPP Artículo 355: Medida de Coerción Personal.

Código: Título II: Del Procedimiento para el Juzgamiento de los Delitos Menos Graves
MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL. ARTÍCULO 355. Salvo en los casos de comprobada contumacia o rebeldía, a los procesados y procesadas por delitos menos graves, conforme a lo previsto en el artículo anterior, se les podrá decretar medidas cautelares sustitutivas a la privación…
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