IMPROCEDENCIA.
ARTÍCULO 239. Cuando el delito materia del proceso merezca una pena privativa de libertad que no exceda de tres años en su límite máximo, y el imputado o imputada haya tenido una buena conducta predelictual, la cual podrá ser acreditada de cualquier manera idónea, sólo procederán medidas cautelares sustitutivas.
COPP Artículo 241: Información.
Código: Capítulo III : De la Privación Judicial Preventiva de Libertad
INFORMACIÓN. ARTÍCULO 241. Cuando el imputado o imputada, acusado o acusada sea aprehendido o aprehendida, será informado o informada acerca del hecho que se le atribuye y de la autoridad que ha ordenado la medida o a cuya orden será puesto o puesta.El imputado o imputada,…
