TRÁMITE DE EXHORTOS O CARTAS ROGATORIAS Y SOLICITUDES DE ASISTENCIA MUTUA EN MATERIA PENAL.
ARTÍCULO 185. Corresponde al Ministerio Público, en coordinación con el Ministerio con competencia en materia de relaciones exteriores, solicitar y ejecutar exhortos, o cartas rogatorias y solicitudes de asistencia mutua en materia penal, lo cual realizará conforme a las previsiones de la legislación interna y con fundamento en los acuerdos, tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República en la materia.
COPP Artículo 182: Libertad de Prueba.
Categoría: Capítulo I : Disposiciones Generales
LIBERTAD DE PRUEBA. ARTÍCULO 182. Salvo previsión expresa en contrario de la Ley, se podrán probar todos los hechos y circunstancias de interés para la correcta solución del caso y por cualquier medio de prueba, incorporado conforme a las disposiciones de este Código y que no…
