LOTTT Artículo 347: Protección especial en caso de discapacidad o enfermedad.

Protección especial en caso de discapacidad o enfermedad.LOTTT Artículo 347. La trabajadora o el trabajador que tenga uno o más hijos o hijas con alguna discapacidad o enfermedad que le impida o dificulte valerse por sí misma o por sí mismo, estará protegida o protegido de inamovilidad laboral en forma permanente, conforme a la ley.

LOTTT Artículo 506: Inspectorías del Trabajo.

Inspectorías del Trabajo.LOTTT Artículo 506. En todos los Estados del país, en el Distrito Capital, en las dependencias federales y territorios federales funcionara, al menos, una Inspectoría del Trabajo dependiente del ministerio del Poder Popular con competencia en trabajo y seguridad social. Por circunstancias especiales, y para facilitar la atención de los trabajadores y las trabajadoras, se…

RLOT Artículo 207: Colaboración del patrono o patrona.

RLOT Artículo 207. Colaboración del patrono o patrona:El patrono o patrona deberá brindar las más amplias facilidades a la Junta Electoral en la ejecución de sus objetivos, siempre que ello no perjudique el normal desenvolvimiento de la actividad productiva.Si el patrono o patrona impidiere u obstaculizare el proceso de elecciones de los Directores o Directoras Laborales, incurrirá en conducta…

LOTTT Artículo 149: Protección de las fuentes de trabajo y de los puestos de trabajo.

Protección de las fuentes de trabajo y de los puestos de trabajo.LOTTT Artículo 149. En los casos de cierre ile gal, fraudulento de una entidad de trabajo, o debido a una acción de paro patronal, si el patrono o patrona se niega a cumplir con la Providencia Administrativa que ordena el reinicio de las actividades productivas, el Ministro o Ministra del Poder Popular con competencia en materia de…

LOTTT Artículo 502: Funcionarios y funcionarias especiales.

Funcionarios y funcionarias especiales.LOTTT Artículo 502. El ministerio del Poder Popular con competencia en materia de trabajo y seguridad social podrá designar funcionarios o funcionarias especiales, para intervenir en la conciliación y el arbitraje de conflictos individuales, colectivos y demás competencias que se les asignen.