PROCEDENCIA.
ARTÍCULO 354. El presente procedimiento será aplicable para el juzgamiento de los delitos menos graves.
A los efectos de éste procedimiento, se entiende por delitos menos graves, los delitos de acción pública previstos en la ley, cuyas penas en su límite máximo no excedan de ocho años de privación de libertad.
Se exceptúan de este juzgamiento, independientemente de la pena, cuando se tratare de los delitos siguientes: homicidio intencional, violación; delitos que atenten contra la libertad, integridad e indemnidad sexual de niños, niñas y adolescentes; secuestro, corrupción, delitos contra que el patrimonio público y la administración pública; tráfico de drogas de mayor cuantía, legitimación de capitales, contra el sistema financiero y delitos conexos, delitos con multiplicidad de víctimas, delincuencia organizada, violaciones a los derechos humanos, lesa humanidad, delitos contra la independencia y seguridad de la nación y crímenes de guerra.


Códigos Concordados
Más Artículos de este Código

COPP Artículo 365: Audiencia Preliminar.

Código: Título II: Del Procedimiento para el Juzgamiento de los Delitos Menos Graves
AUDIENCIA PRELIMINAR. ARTÍCULO 365. Presentada la acusación el Juez o Jueza convocará a las partes a una audiencia oral que deberá realizarse dentro de un plazo no menor de diez días ni mayor de quince días hábiles siguientes.La víctima podrá presentar acusación particular…

COPP Artículo 366: Reglas para la Incomparecencia.

Código: Título II: Del Procedimiento para el Juzgamiento de los Delitos Menos Graves
REGLAS PARA LA INCOMPARECENCIA. ARTÍCULO 366. Llegado el día y hora para la celebración del acto de audiencia preliminar, el Juez o Jueza de Instancia Municipal, una vez corroborada la inasistencia de alguna de las partes podrá diferir la audiencia en una única oportunidad.En el…

COPP Artículo 357: Principio de Oportunidad y Acuerdos Reparatorios.

Código: Título II: Del Procedimiento para el Juzgamiento de los Delitos Menos Graves
PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD Y ACUERDOS REPARATORIOS. ARTÍCULO 357. El Principio de Oportunidad y los Acuerdos Reparatorios podrán solicitarse y acordarse desde la audiencia de imputación.Los supuestos para la procedencia, cumplimiento y aplicación de las Fórmulas Alternativas a la…

COPP Artículo 362: Incumplimiento.

Código: Título II: Del Procedimiento para el Juzgamiento de los Delitos Menos Graves
INCUMPLIMIENTO. ARTÍCULO 362. Cuando de la verificación a que se refiere el artículo anterior, se compruebe el incumplimiento del Acuerdo Reparatorio en el plazo fijado, o de las condiciones impuestas para la Suspensión Condicional del Proceso, así como de las medidas cautelares…

COPP Artículo 363: Actos Conclusivos.

Código: Título II: Del Procedimiento para el Juzgamiento de los Delitos Menos Graves
ACTOS CONCLUSIVOS. ARTÍCULO 363. El Ministerio Público, recibida la notificación del Juez o Jueza de Instancia Municipal, acerca del incumplimiento a que se refiere el numeral 1 del artículo anterior, deberá dentro de los sesenta días continuos siguientes dictar el acto…
Indice COPP